Tribunal Electoral del Estado reduce de 120 a 90 días previos a la elección dejar el cargo a futuros candidatos

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Los presidentes y diputados municipales que estén interesados en reelegirse en Puebla deberán dejar su cargo 90 días previos a la elección y no 120 días como se había establecido en uno inicio.

Así lo determino el TRIELEC del Estado de Puebla, luego de que alguno interesados presentaron quejas de agravio de inconstitucionalidad a los artículos 49 de la ley orgánica municipal que prohibe expresamente la figura de la reelección de los miembros de las comunas, así como la del Art. 17 del reglamento de reelecciones al establecer un plazo de 120 días antes de la jornada laboral, para que las personas que aspiren a una elección consecutiva se separen del cargo que ocupen actualmente.

Lo anterior, hizo que la magistrada ponente, Norma Angélica Sandoval, realizará una análisis tanto del acuerdo impugnado, como las diversas demandas y sus planteamientos, llegando a la conclusión de que, en efecto, el artículo 49 de la Ley Orgánica Municipal prohíbe el derecho a la ciudadanía de acceder nuevamente a un cargo público municipal, y en consecuencia debe aplicarse.

Respecto al artículo 17 del reglamento, la ponente propuso su modificación, toda vez que el plazo de 120 días aducidos por los recurrentes, no encuentra cabida en el sistema electoral poblano.

“Si bien, el Congreso del estado no ha emitido una norma específica para regular la figura, también lo es que sí existe una acción de constitucional local precisa aplicable a cualquier servidor o funcionario público que pretenda acceder a un cargo de elección popular; ese lead especifica es la de separación del cargo de 90 días previos a la celebración de la jornada electoral”, se expuso.

Por ello, se propuso y avaló la modificación del artículo en análisis para que el plazo de separación que establece sea armónico con lo redactado en la constitución local, plazo que también se pretender llevar a cabo para aquellas personas que pretendan reelegirse mediante las candidaturas independientes.

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